Texto oficial
Artículo 3º.- El inmueble objeto de la donación no podrá ser gravado ni enajenado sin consentimiento o autorización de la Municipalidad de Las Condes.
Faculta a la municipalidad de las condes para que done un sitio de su propiedad a la fundacion educacional tabancura
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 183537 / 8365951.