Saltar al contenido

Artículo 4 del Decreto Ley 1591

Faculta a la municipalidad de las condes para que done un sitio de su propiedad a la fundacion educacional tabancura

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 183537 / 8365952.

Texto oficial

Artículo 4º.- En caso de disolución de la "Fundación Educacional Tabancura" el inmueble donado volverá a dominio municipal.