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Artículo 3 del Decreto Ley 1570

Dicta normas sobre aplicacion del decreto ley nº 1.263, de 1975, a las instituciones de la defensa nacional

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 184456 / 6331767.

Texto oficial

Artículo 3º.- Declárase que a los fondos a que se refiere la ley 16.256 y sus modificaciones, y el artículo 11 de la ley 17.329, no les han sido, ni les son aplicables las normas del D.L. Nº 1.263, de 1976. El Presidente de la República reglamentará la forma de administración y control de estos fondos.