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Artículo 1 de la Ley 11.398

Agrega un inciso al articulo 43 de la ley numero 10,223, que fija el estatuto para los medicos cirujanos, farmaceuticos o quimicos farmaceuticos y dentistas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 184505 / 7282387.

Texto oficial

"Artículo 1º Agrégase al artículo 43 de la ley Nº 10.223, de 17 de Diciembre de 1951, el siguiente inciso final: "Los profesionales funcionarios que a la fecha "de vigencia de esta ley perciben quinquenios por "servicios prestados en la Administración Pública, y "que no estén comprendidos entre los señalados en el "inciso 1º del artículo 2º, conservarán este derecho "para los efectos indicados en el artículo 10º".