Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 19.727

Renuevase la vigencia de la ley nº 19.583, que regulariza la construccion de bienes raices urbanos sin recepcion definitiva

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 184774 / 6332972.

Texto oficial

"Artículo 1º.- Renuévase la vigencia de la ley Nº19.583, modificada por la ley Nº 19.667, a contar del 31 de marzo del año 2001 y hasta el 31 de marzo del año 2002, para acogerse a sus beneficios.