Texto oficial
"Artículo 1º.- Renuévase la vigencia de la ley Nº19.583, modificada por la ley Nº 19.667, a contar del 31 de marzo del año 2001 y hasta el 31 de marzo del año 2002, para acogerse a sus beneficios.
Renuevase la vigencia de la ley nº 19.583, que regulariza la construccion de bienes raices urbanos sin recepcion definitiva
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 184774 / 6332972.