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Artículo VIGESIMO SEPTIMO del Decreto 12

Crea nuevo estatuto del comite olimpico de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 185569 / 8455995.

Texto oficial

Vigésimo Séptimo: El Tesorero estará encargado de dirigir y controlar el movimiento contable, presupuestario y financiero del Comité, debiendo preparar anualmente la información que se incluirá en la cuenta, memoria, balance y estados financieros que debe informar el Presidente del Consejo. Además, debe proporcionar toda la información que sobre estas materias requiera el Consejo, el Directorio y la Comisión Revisora de Cuentas, así como cumplir con los demás cometidos encargados por el estatuto y los reglamentos.