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Artículo 2 del Decreto 1783

Aprueba el reglamento del titulo i del decreto con fuerza de ley 4, de 1981, de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 18600 · idParte: 6683907

Texto oficial

ARTICULO 2° La participación de cada Universidad e Instituto Profesional en el total del aporte fiscal definido en la letra d) del artículo precedente es, a partir de 1982, la siguiente: ------------------------------------------------------- PORCENTAJE Universidad de Chile 28,100 Universidad de Santiago de Chile 7,981 Universidad Técnica Federico Santa María 3,985 Universidad de Concepción 9,730 Universidad Católica de Chile 14,195 Universidad Católica de Valparaíso 4,983 Universidad del Norte 6,126 Universidad Austral de Chile 4,805 Universidad de Tarapacá 0,965 Instituto Profesional de Iquique 0,466 Universidad de Antofagasta 2,449 Universidad de La Serena 1,631 Universidad de Valparaíso 2,951 Universidad de Talca 1,214 Instituto Profesional de Chillán 0,669 Universidad de La Frontera 1,963 Instituto Profesional de Osorno 0,748 Academia Superior de Ciencias Pedagógicas de Santiago 3,280 Instituto Profesional de Santiago 0,392 Universidad de Atacama 0,678 Universidad de Bío-Bío 0,819 Instituto Profesional de Valdivia 0,598 Universidad de Magallanes 0,639 Academia Superior de Ciencias Pedagógicas de Valparaíso 0,633 -------- 100,000 -------------------------------------------------------