Saltar al contenido

Artículo 46 de la Ley 19.733 · Sobre libertades de opinion e informacion y ejercicio del periodismo

Sobre libertades de opinion e informacion y ejercicio del periodismo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 186049 / 8494173.

Texto oficial

Artículo 46.- Introdúcense en la ley N° 12.927, sobre Seguridad del Estado, las siguientes modificaciones: a) Reemplázase la letra b) del artículo 6°, por la siguiente: "b) Los que ultrajaren públicamente la bandera, el escudo, el nombre de la patria o el himno nacional;". b) Derógase el artículo 16. c) Reemplázase el artículo 17 por el siguiente: "Artículo 17.- La responsabilidad penal por los delitos previstos y sancionados en esta ley, cometidos a través de un medio de comunicación social, se determinará de conformidad a lo prescrito en el artículo 39 de la ley sobre las libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo.". d) Deróganse los artículos 18, 19, 20 y 21.