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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 16

Establece normas sobre sociedades agricolas de reforma agraria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 186105 / 6337521.

Texto oficial

Artículo 1º.- Durante el período de asentamiento, la Corporación de la Reforma Agraria podrá constituir sociedades con campesinos, las que se denominarán sociedades agrícolas de reforma agraria y se regirán por las normas del presente decreto con fuerza de ley.