Saltar al contenido

Artículo 27 de la Ley 9.647 · Fija el texto refundido de las leyes de sueldos del personal de la defensa nacional

Fija el texto refundido de las leyes de sueldos del personal de la defensa nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 186602 / 9003433.

Texto oficial

Indemnización y anticipo por cambio de Guarnición y Arreos Militares Artículo 27º. Los Guardiamarinas, al obtener sus despachos, percibirán una gratificación extraordinaria de un mil pesos para que se provean del vestuario y del equipo reglamentario. Los Guardiamarinas ejecutivos recibirán además, seiscientos pesos para adquirir instrumentos y útiles profesionales.