Texto oficial
Artículo 28º. Los Subalféreces que salgan de la Escuela Militar con el grado de Alféreces al obtener sus respectivos despachos, recibirán un subsidio de un mil pesos para que se les provea de vestuario y equipo en la forma que determina el reglamento de la Escuela Militar. Los destinados a armas montadas recibirán, además, arreos de montar y un caballo.