Texto oficial
Artículo 56º. Quedan derogadas todas las disposiciones anteriores sobre sueldos y remuneraciones para el personal de la Defensa Nacional, debiendo regir exclusivamente las que contempla este texto refundido.
Fija el texto refundido de las leyes de sueldos del personal de la defensa nacional
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 186602 / 9003462.