Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 10.327

Modifica en la forma que señala la planta y los escalafones de empleados civiles de la armada

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 186610 / 7283724.

Texto oficial

Artículo 1.o Modificase la Planta y los Escalafones de Empleados Civiles de la Armada, fijados en la letra d) del artículo 1.o, y en el artículo 4.o, párrafo Armada, de la ley N.o 9.647, aumentándolos, respectivamente, de acuerdo la siguiente Planta y Escalafón para el Servicio Técnico de Hospitales Navales, con los grados que se indican: o) SERVICIO TECNICO DE HOSPITALES NAVALES Grado Planta Empleo 7° 1 Enfermera 8° 1 Enfermera 9° 2 Enfermeras 10° 2 Enfermeras 11° 3 Enfermeras 12° 6 Enfermeras 13° 6 Enfermeras 14° 11 Enfermeras