Texto oficial
Artículo 12.- Sustitúyese, a contar del 1 de enero de
2004, en el artículo 8° de la ley N° 19.646 la expresión
"2.100 unidades tributarias anuales", por "2.500 unidades
tributarias anuales".
Normas para combatir la evasion tributaria
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 186616 / 8647852.