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Artículo 26 de la Ley 19.738 · Normas para combatir la evasion tributaria

Normas para combatir la evasion tributaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 186616 / 8647866.

Texto oficial

Artículo 26.- Facúltase al Presidente de la República para que dentro del plazo de 180 días, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, a través de un decreto con fuerza de ley, expedido por el Ministerio de Hacienda, fije un texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ordenanza de Aduanas.