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Artículo 3 transitorio de la Ley 19.738 · Normas para combatir la evasion tributaria

Normas para combatir la evasion tributaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 186616 / 8647870.

Texto oficial

Artículo 3°.- La aplicación de la multa a que se refiere el número 2.- de la letra m) del artículo 1° de la presente ley, entrará en vigencia el primer día del mes siguiente a aquél en que se cumpla un año de su publicación.