Texto oficial
Art. 9º.- No regirán, para el solo efecto del cumplimiento de esta ley, las disposiciones de las leyes sobre Cajas de Ahorro, Cajas de Retiros y Previsión Social de los Ferrocarriles del Estado y las demás, por que se rijan las instituciones que funcionan bajo el patrocinio del Estado, en todo lo que fueren contrarias al presente decreto-ley.