Texto oficial
Artículo 11º.- Dirección Mecánica.- La Dirección Mecánica estará encargada de todo lo relacionado con las obras mecánicas y mecánica eléctrica, tales como: vías, equipos fijos, Material Rodante y Talleres, de la Red de Transporte Independiente ya se trate de ejecución, montajes, inspección, recepción, conservación, reparación, puesta en servicio normal, incluyendo administración y operación de los sistemas y demás asuntos de esta naturaleza.
Además le corresponderá atender todo lo referente a la aplicación de créditos externos y empréstitos internos como también a las adquisiciones de capitales, seguros, transporte e internación, aduanas, supervisión de montajes, etc.
Igualmente, estará encargada de organizar y dirigir las actividades relacionadas con el perfeccionamiento, capacitación y formación profesional del personal de la Dirección General de Metro; como asimismo, tendrá a su cargo las publicaciones de manuales, folletos, etc., y la difusión por cualquier otro medio, de las materias técnicas o científicas relacionadas con los objetivos de la Dirección General.