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Artículo 28 del Decreto 509

Aprueba reglamento orgánico y de funcionamiento de la direccion general de metro

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 187340 / 7284157.

Texto oficial

Artículo 28º.- El Director General de Metro será de la exclusiva confianza del Jefe del Poder Ejecutivo. Los Directores y funcionarios de los cuatro primeros grados de la Planta serán de libre designación del Jefe del Poder Ejecutivo. El Director General deberá presentar las nóminas correspondientes. El Jefe del Poder Ejecutivo y el Ministro de Obras Públicas y Transportes, en su caso, nombrarán a propuesta del Director General al resto del personal.