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Artículo 29 del Decreto 509

Aprueba reglamento orgánico y de funcionamiento de la direccion general de metro

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 187340 / 7284158.

Texto oficial

Artículo 29º.- La función del Delegado Metropolitano se desempeñará mediante cometido de servicio y los funcionarios que la ejerzan tendrán en el cumplimiento de su cometido las atribuciones, derechos y obligaciones que determine el reglamento. Los Delegados Metropolitanos serán los representantes del Director General en las distintas metrópolis de provincia.