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Artículo 18 del Decreto Con Fuerza de Ley 31

Crea establecimiento de salud de caracter experimental que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 187638 / 7284405.

Texto oficial

Artículo 18.- El Jefe Superior del Establecimiento aprobará los programas de capacitación y perfeccionamiento de los funcionarios del Establecimiento regidos por la ley Nº 18.834, Estatuto Administrativo, velando por que todos puedan acceder equitativamente a ellos. Tales programas podrán estar destinados incluso a la obtención de un post título o un post grado conducentes a un grado académico.