Texto oficial
Artículo 27.- Este decreto con fuerza de ley entrará
en vigencia a contar del día primero del séptimo mes
posterior al de su publicación en el Diario Oficial.
Crea establecimiento de salud de caracter experimental que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 187638 / 7284418.