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Artículo 17 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece asignaciones y remuneraciones que indica a los empleados y obreros que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 187668 / 6342930.

Texto oficial

Artículo 17º.- Para los efectos de la aplicación de esta asignación a los personales de las Municipalidades, no regirán las limitaciones establecidas en los artículos 35º de la ley Nº 11.469 y 109º de la ley Nº 11.860 y su pago será de cargo de la respectiva Municipalidad.