Texto oficial
Artículo 4º.- Quedarán siempre exceptuados de las rebajas de penas señaladas precedentemente, aquellos delitos que hubieren producido muerte, lesiones graves o gravísimas, o en que las víctimas sean menores de edad.
Sobre indulto general, con motivo del jubileo 2000
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 187739 / 6343160.