Texto oficial
Artículo 19.- Todos los trabajadores deberán ser
calificados anualmente y ubicados en alguna de las
siguientes listas:
Lista 1, de Distinción;
Lista 2, Buena;
Lista 3, Condicional;
Lista 4, de Eliminación.
Crea establecimiento de salud de caracter experimental
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 187897 / 7284555.