Texto oficial
Artículo 21.- La Junta Calificadora estará integrada
por los cinco trabajadores de más alto nivel jerárquico de
la institución, con excepción del Jefe Superior del
Establecimiento, por un delegado del personal, elegido por
los trabajadores, todos con derecho a voz y voto y por un
representante de la asociación de funcionarios de mayor
representatividad con derecho a voz.