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Artículo 37 del Decreto Con Fuerza de Ley 29

Crea establecimiento de salud de caracter experimental

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 187897 / 7284577.

Texto oficial

Artículo 37.- Los derechos consagrados en este decreto con fuerza de ley a favor de los trabajadores prescribirán en el plazo de dos años contados desde la fecha en que se hubieren hecho exigibles y, en todo caso, dentro de seis meses contados desde el término de la relación laboral.