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Artículo 38 del Decreto Con Fuerza de Ley 29

Crea establecimiento de salud de caracter experimental

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 187897 / 7284578.

Texto oficial

Artículo 38.- Las remuneraciones que se establezcan en virtud de este decreto con fuerza de ley, sustituyen, respecto de los trabajadores a los cuales se refieren, los sistemas de remuneraciones que les eran aplicables, los que se entenderán derogados para tales trabajadores a contar de la fecha de entrada en vigencia de este decreto con fuerza de ley.