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Artículo 6 de la Ley 19.747

Establece temporalmente una exencion del impuesto de timbres y estampillas, rebaja en los pagos de derechos en la reprogramacion de deudas hipotecarias y modifica normas tributarias que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 188028 / 7284671.

Texto oficial

Artículo 6º.- Suspéndese, desde el 1º de julio del año 2001 hasta el 31 de diciembre del año 2002, la aplicación de la norma introducida en el inciso primero del artículo 23 del decreto ley Nº 825, de 1974, por el número 1.- de la letra b) del artículo 5º de la ley Nº 19.738.".