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Artículo 5 de la Ley 19.747

Establece temporalmente una exencion del impuesto de timbres y estampillas, rebaja en los pagos de derechos en la reprogramacion de deudas hipotecarias y modifica normas tributarias que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 188028 / 7284670.

Texto oficial

Artículo 5º.- Sustitúyese, a contar del 1º de enero del año 2002, en el inciso segundo del Nº 4 del artículo único de la ley Nº 18.320, la expresión "veinticuatro" por "treinta y seis".