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Artículo 23 del Código de Justicia Militar

Código de justicia militar

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 18914 / 8632588.

Texto oficial

Art. 23. Son aplicables en las causas de que deben DL 1769,1977 conocer los Juzgados a que se refiere el artículo 21, las Art 1° N° 12 reglas consignadas en los artículos 157, 158, 159 inciso 1°, 160, 163, 164 y 165 del Código Orgánico de Tribunales, con las modificaciones introducidas por el presente Código.