Texto oficial
Art. 89. Nombrado un General en Jefe del Ejército o un
Comandante en Jefe de la Escuadra, pasará inmediatamente a
desempeñar las funciones de asesor letrado a sus órdenes,
el respectivo Auditor General.
Código de justicia militar
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 18914 / 8632663.