Texto oficial
Art. 228. La pena de degradación producirá la
privación del grado y del derecho a usar uniforme, DL 3425,
insignias, distintivos, condecoraciones o medallas 1980 Art 3°
militares; el retiro absoluto de la institución; la
incapacidad absoluta y perpetua para servir en el Ejército,
Armada, Fuerza Aérea y Carabineros; la pérdida a
perpetuidad de todos los derechos políticos activos y
pasivos; y la incapacidad para desempeñar, a perpetuidad,
cargos, empleos y oficios públicos.