Texto oficial
Art. 334. Todo militar está obligado a obedecer, salvo
fuerza mayor, una orden relativa al servicio que, en uso de
atribuciones legítimas, le fuere impartida por un superior.
El derecho a reclamar de los actos de un superior que
conceden las leyes o reglamentos, no dispensa de la
obediencia ni suspende el cumplimiento de una orden del
servicio.