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Artículo 360 del Código de Justicia Militar

Código de justicia militar

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 18914 / 8632949.

Texto oficial

Art. 360. Si la especie robada o hurtada fuere una pieza o mecanismo esencial del arma, aparato o instrumento que describe el artículo 354, se le asignará el valor, para los efectos indicados en el artículo precedente, que corresponda al arma, aparato o instrumento completo de que formase parte la pieza o mecanismo sustraído.