Texto oficial
Art. 405. Se consideran delitos militares especiales,
relativos a Carabineros de Chile, los que se establecen en
el presente título, sin perjuicio de que sean también
aplicables, en su caso, las demás disposiciones de este
Código.
Código de justicia militar
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 18914 / 8632998.