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Artículo 45 de la Ley Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la República

Fija el texto refundido de la ley de organización y atribuciones de la contraloría general de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 18995 / 8543350.

Texto oficial

Artículo 45°. El Contralor General gozará de una renta mensual igual a la más alta que se gane en los Servicios sometidos a su fiscalización. La renta del Subcontralor será inferior en un 20% a la del Contralor General.