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Artículo 149 de la Ley Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la República

Fija el texto refundido de la ley de organización y atribuciones de la contraloría general de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 18995 / 8543460.

Texto oficial

Artículo 149°. El Contralor General, encuadrándose dentro de las cantidades que la Ley General de Presupuestos y leyes especiales contemplen para el mantenimiento de la Contraloría fijará anualmente el presupuesto de entradas y gastos del Servicio y las remuneraciones del personal de su dependencia, con aprobación del Presidente de la República.