Texto oficial
Artículo 1º.- La presente ley entrará en vigencia el
día 1º del mes subsiguiente al de su publicación en el
Diario Oficial.
Modifica el código del trabajo en lo relativo a las nuevas modalidades de contratacion, al derecho de sindicacion, a los derechos fundamentales del trabajador y a otras materias que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 190282 / 8602787.