Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 14.951 · Autoriza a la municipalidad de paillaco para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de paillaco para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 190350 / 8366718.

Texto oficial

"Artículo 1º.- Autorízase a la Municipalidad de Paillaco para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito uno o más préstamos que produzcan hasta la cantidad de E° 16.000,- al interés bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de cinco años.