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Artículo 25 del Decreto 463

Aprueba reglamento orgánico de la academia diplomatica de chile "andres bello"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 190363 / 8648154.

Texto oficial

Artículo 25° Los planes de estudio de los Cursos de Formación tendrán una duración de dos años y comprenderán actividades académicas de investigación y de práctica. Los alumnos del curso de formación, cuando el plan de estudio lo contemple, podrán realizar prácticas profesionales que se llevarán a cabo en Direcciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, en otras reparticiones públicas o en Embajadas y Consulados de Chile en países limítrofes.