Texto oficial
Artículo 28° Excepcionalmente los alumnos del Curso
de Formación podrán convalidar ramos aprobados en una
universidad, previo informe del profesor del ramo al
Director de la Academia.
Aprueba reglamento orgánico de la academia diplomatica de chile "andres bello"
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 190363 / 8648158.