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Artículo 27 del Decreto 463

Aprueba reglamento orgánico de la academia diplomatica de chile "andres bello"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 190363 / 8648157.

Texto oficial

Artículo 27° El Curso de Formación incluirá materias impartidas en otros idiomas, principalmente el inglés. Asimismo, en la medida que las necesidades lo ameriten, habrá talleres de reforzamiento de idiomas extranjeros, los cuales serán conducidos por profesionales del área, institutos binacionales u otros centros educacionales reconocidos por el Ministerio de Educación y que tengan convenios de estudios con el Ministerio de Relaciones Exteriores celebrados de acuerdo a la legislación vigente.