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Artículo 31 del Decreto 463

Aprueba reglamento orgánico de la academia diplomatica de chile "andres bello"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 190363 / 8648161.

Texto oficial

Artículo 31° Las calificaciones del curso de formación y del programa de perfeccionamiento se harán con notas de 1 a 7 según las siguientes equivalencias: 7 Excelente 6 Muy bueno 5 Bueno 4 Regular 3 Insuficiente 2 Malo 1 Muy malo