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Artículo 32 del Decreto 463

Aprueba reglamento orgánico de la academia diplomatica de chile "andres bello"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 190363 / 8648162.

Texto oficial

Artículo 32° Los resultados finales se determinarán de acuerdo al término medio de notas con que el alumno haya aprobado el Curso de Formación correspondiente.