Texto oficial
Artículo 38° El postulante a ingresar como alumno a
la Academia deberá presentar al concurso de antecedentes y
oposición los siguientes documentos:
a) Aquellos exigidos para el ingreso a la
Administración Pública.
b) Título profesional universitario afín o grado
académico para aquellas carreras que no entrega título
profesional, acompañado en ambos casos de concentración de
notas. En el caso de títulos profesionales universitarios
no afines se deberá contar con un título de postgrado en
las áreas de ciencia política, relaciones internacionales,
economía internacional o derecho internacional.
Se exceptúan de este requisito las personas que
ingresan conforme al artículo 25º bis del presente
Reglamento.