Texto oficial
Artículo 42° Las pruebas de evaluación psico-laboral
a que se refiere el artículo 41º serán efectuadas por
profesionales en la materia. La entrevista personal y las
pruebas y exámenes escritos y orales que comprende el
Concurso de Admisión estarán a cargo de comisiones
especiales designadas por el Director de la Academia, en
consulta con el Ministro de Relaciones Exteriores y el
Subsecretario de Relaciones Exteriores.