Texto oficial
Artículo 47° Son alumnos del Curso de Formación
quienes ingresen a la Academia Diplomática después de
aprobar el Examen de Admisión.
Aprueba reglamento orgánico de la academia diplomatica de chile "andres bello"
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 190363 / 8648179.