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Artículo 48 del Decreto 463

Aprueba reglamento orgánico de la academia diplomatica de chile "andres bello"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 190363 / 8648181.

Texto oficial

Artículo 48° También son alumnos los extranjeros que hayan sido aceptados a participar en los cursos a que se refiere el artículo 3º letra f).