Texto oficial
Artículo 51° La Academia podrá organizar cursos de
extensión. Estos serán abiertos al público en general.
Aprueba reglamento orgánico de la academia diplomatica de chile "andres bello"
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 190363 / 8648184.